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AYUDAS PARA LA APLICACIÓN DE AGRICULTURA DE PRECISIÓN Y TECNOLOGÍAS 4.0 EN EL SECTOR AGRÍCOLA Y GANADERO

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Objetivo de la convocatoria

Promover el desarrollo de programas de apoyo para la aplicación de agricultura de precisión y tecnologías 4.0 en el sector agrícola y ganadero de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas:

  • Personas físicas o jurídicas, de naturaleza privada o pública, que sean titulares de explotaciones ganaderas y/o agrícolas siempre que tenga la consideración de PYMES.
  • Personas físicas o jurídicas que presten servicios agrarios, entendiendo por tales quienes desarrollen actividades económicas inscritas en el epígrafe 911, en el 912 o en el 851 en el Impuesto de Actividades Económicas siempre que tenga la consideración de PYMES.
  • Cuando se trate de inversiones colectivas, agrupaciones de personas físicas o jurídicas, de naturaleza privada o pública, que integren un mínimo de cinco titulares de explotación siempre que tengan la consideración de PYMES y cualquier organización o asociación de productores reconocida por la autoridad competente cuyos miembros sean titulares de una explotación agrícola y/o ganadera.
  • Consorcios u otra forma de colaboración público-privada, siempre que los proyectos de inversión se destinen a un uso en común y redunden en beneficio de explotaciones concretas que tengan la consideración de PYMES, cuyos titulares habrán dado su consentimiento para que dichos entes soliciten la ayuda.
  • Estas ayudas se concederán en régimen de concurrencia competitiva.

Fin de plazo de solicitud: 22/04/2024

Descripción de la financiación

La intensidad máxima de la ayuda será del 40 % de los costes elegibles.

No obstante, este límite podrá incrementarse 20 puntos porcentuales, en el caso de las inversiones colectivas, las realizadas por consorcios u otra forma de colaboración público-privada o por beneficiarios que tengan la condición de jóvenes agricultores.

No se concederán ayudas a los proyectos solicitados cuando la cuantía del mismo no supere un importe mínimo de 5.000 €. La cuantía máxima de la ayuda será de 300.000 €.

Gastos Subvencionables

Serán inversiones elegibles los proyectos que contemplen la adquisición de licencias de software, maquinaria y equipos agrarios especificados por la Junta de Andalucía.

La maquinaria y equipos subvencionables deben reunir los siguientes requisitos:

  • Ser máquinas y equipos de primera adquisición.
  • Ser compatibles con las máquinas auxiliares presentes en la explotación o con las que deban funcionar conjuntamente, ya sean adquiridas dentro del objeto de este programa de ayudas, o ya estén disponibles en la explotación.
  • Su adquisición irá orientada a alguno de los objetivos siguientes:
  • Mejora de la gestión ganadera.
  • Reducción del uso de productos químicos, en particular productos fitosanitarios y fertilizantes.
  • Control de trazabilidad y calidad en los cultivos en la fase de siembra y en el laboreo. Reducción de la erosión.
  • Control de trazabilidad y calidad en la recolección.
  • Reducir la emisión de gases de efecto invernadero y la disminución combustible necesario.
  • En caso de que sea un dispositivo que actualice una máquina existente, debe ser compatible con la misma.
  • Se consideran subvencionables los gastos de contratación de los servicios de asesoramiento especializado en el uso de la maquinaría y dispositivos para la aplicación práctica de las tecnologías.

Sujeta al Régimen de Minimis: Sí.