Durante esta y las próximas semanas, te contamos que incentivos tienes actualmente a tu disposición.
I. PROGRAMA FAIPP. FONDO DE APOYO A LA INVERSIÓN INDUSTRIAL:
Minimis: No.
Modalidad de ayuda: Préstamo.
Cuantía: hasta el 75% sobre el presupuesto financiable del proyecto. El importe mínimo de la financiación concedida será de 200.000€. El importe máximo por financiación tendrá los siguientes límites, sin superar la cuantía de 60.000.000€.
Fin de plazo de solicitud: 31/12/2024
Objetivo de la convocatoria
Empresas que desarrollen o vayan a desarrollar una actividad industrial productiva y de servicios industriales, con independencia de su tamaño.
Inversiones y gastos elegibles:
- Activos fijos de carácter material:
Obra Civil: Inversiones en urbanización y canalizaciones.
Edificación e Instalaciones: Inversiones para la adquisición, construcción, ampliación o adecuación de naves industriales, así como de sus instalaciones.
Aparatos y equipos de producción: Adquisición de activos directamente vinculados a la producción o al proceso productivo.
Equipos no vinculados directamente al proceso productivo, elementos de transporte exterior, mobiliario, utillaje, otros.
- Activos fijos de carácter intangible:
Software específico vinculado al proceso productivo.
Patentes, licencias, marcas y similares.
Investigación y desarrollo, solo en la medida en que estén directamente vinculados con el proceso productivo y a los aparatos y equipos de producción imputados como conceptos financiables de la solicitud.
Otro software.
Fondo de comercio, concesiones, otros.
- Gastos:
Gastos de personal propio y colaboraciones externas necesarias para el diseño y/o rediseño de procesos, directamente vinculados con los aparatos y equipos que se consignen en dicha partida.
Gastos de Calificación Crediticia vinculada a la solicitud de financiación.
Gastos de auditoría de cuentas en el caso de empresas sin obligación de auditoría (durante la vida de la Financiación).
Gastos de auditoría asociados a la justificación de la inversión en el marco del proyecto financiado.
Con carácter general se financiarán los proyectos iniciados antes de la fecha de solicitud o aquellos que se inicien posteriormente a la fecha de solicitud de la convocatoria cuyas inversiones financiadas sean en el plazo máximo de 12 meses desde la presentación de dicha solicitud. Serán financiables tanto las partidas del presupuesto del proyecto que se hayan ejecutado y no abonado desde los 6 meses anteriores a la Fecha de Solicitud, como las que se ejecuten hasta 2 años después de la fecha de formalización de la Financiación.
Para ampliar información, contacta con nosotros sin compromiso.

