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Subvenciones para el impulso de la economía circular en el sector del plástico -PERTE Economía Circular en el sector del plástico

PERTE PLASTICO

Objetivo de la convocatoria

Apoyar la ejecución de proyectos que contribuyan de forma sustancial a mejorar la sostenibilidad y circularidad de los procesos industriales y empresariales del plástico mejorando la competitividad e innovación del tejido industrial en el marco de una economía circular.

Beneficiarias, las entidades que se señalan a continuación, siempre que estén legal y válidamente constituidas, y dispongan de un establecimiento o sucursal en España:

  • Las personas jurídicas de derecho privado con personalidad jurídica propia. No podrán acogerse a las ayudas, las entidades sin ánimo de lucro a excepción de las entidades de economía social.
  • Las entidades de economía social. Estas no podrán formar parte del sector público y deberán estar incorporadas en el registro correspondiente que les resulte aplicable según su forma jurídica y su ámbito de actividad económica, ya sea estatal o autonómico.
  • Las agrupaciones de las anteriores siempre que estén participadas por, al menos, una PYME, start-up o entidad de economía social.

Se incluyen en esta convocatoria los productos plásticos, sus elementos, componentes y productos intermedios con un contenido mínimo del 50% de polímeros plásticos, así como los residuos pre-consumo y post-consumo de éstos. Quedan excluidos los productos y residuos de caucho, así como las actuaciones que puedan ser objeto de subvención a través de la convocatoria del PERTE de Economía Circular en el sector del textil, de la moda y confección y del calzado.

Solicitudes: 24/06/2024 hasta 23/09/2024

Descripción de la financiación

Esta convocatoria está dotada con una cuantía de 97.500.000 euros.

Cada entidad beneficiaria podrá obtener una ayuda mínima de 100.000 euros y máxima de 10.000.000 de euros. En el caso de proyectos de agrupaciones, cada una de las entidades que la componen, tendrá la consideración de entidad beneficiaria y deberán cumplir el mínimo de 100.000 euros.

En el caso de los estudios de viabilidad y en los proyectos de digitalización la ayuda máxima por proyecto será de 5.000.000 €

Intensidad de la ayuda: se atenderá al tipo de proyecto y al tamaño de la entidad conforme a las especificaciones que se señalan a continuación:

  • Para los proyectos de investigación y desarrollo:
    • Del 50 % de los costes subvencionables, para la investigación industrial.
    • Del 25 % de los costes subvencionables, para el desarrollo experimental.
    • Del 50 % de los costes subvencionables, para los estudios de viabilidad.
  • Para los proyectos de digitalización para innovar en materia de procesos y organización:
    • Del 50 % de los costes subvencionables en el caso de microempresas y pequeñas y medianas empresas (PYME).
    • Del 15 % de los costes subvencionables si se trata de grandes empresas (empresas no PYME).
  • Para los proyectos para el incremento del nivel de protección medioambiental de la entidad beneficiaria:
    • Del 60 % de los costes subvencionables en el caso de pequeñas empresas y microempresas.
    • Del 50 % de los costes subvencionables en el caso de medianas empresas.
    • Del 40 % de los costes subvencionables en el caso de empresas no PYME.
  • Para los proyectos de mejora de la gestión de residuos procedentes de terceros:
    • Del 55 % de los costes subvencionables en el caso de pequeñas empresas y microempresas.
    • Del 45 % de los costes subvencionables en el caso de medianas empresas.
    • Del 35 % de los costes subvencionables en el caso de empresas no PYME.

El pago podrá realizarse de forma única o fraccionada, en el caso de haber solicitado anticipo.

Gastos Subvencionables:

Actuaciones que reduzcan el consumo de materias primas vírgenes, reduzcan la generación de residuos y/o mejoren la gestión de residuos en alguna de las siguientes categorías y subcategorías:

  • Actuaciones de investigación y desarrollo:
    • Reducción de elementos o componentes adheridos al producto/ envase plástico realizados con otros materiales, maderas y gomas o polímeros plásticos diferentes de los materiales del elemento o componente mayoritario del producto/ envase.
    • Mejora de la separación o desensamblaje de elementos y componentes por tipología de polímeros plásticos del resto del producto para facilitar la valorización de materiales de alta calidad.
    • Cambios hacia el empleo de un único polímero en el producto/envase o la fabricación de productos monocapa.
    • Sustitución de disruptores que afecten a la separación, clasificación o reciclaje como el uso de colorantes oscuros no detectables.
    • Alternativas para la sustitución de sustancias peligrosas y de sustancias extremadamente preocupantes en materiales y productos.
    • Alternativas para la sustitución de sustancias incluidas en el anexo I del Reglamento (UE) 2019/2021 del Parlamento Europeo y del Consejo de 20 de junio de 2019 sobre contaminantes orgánicos persistentes.
    • Medidas que contribuyan al ecodiseño de entre las recogidas en el anexo VIII del Real Decreto 1055/ 2022, de 27 de diciembre, de envases y residuos de envases.
    • Mejora de la gestión de residuos plásticos.
  • Digitalización para innovar en materia de procesos y organización de la entidad beneficiaria:
    • La trazabilidad de productos, sustancias, materiales y residuos para la medición, el control y seguimiento para alcanzar productos seguros e incrementar el volumen de reciclaje de alta calidad.
    • Nuevos modelos de negocio basados en la servitización que favorezcan el uso de los recursos y reduzca los residuos.
    • Servicios de retorno de productos usados para reutilizarlos, remanufacturarlos o reciclarlos.
    • Tecnología de impresión 3D para prevenir la generación de residuos ajustando del volumen de materiales necesarios en la fabricación, evitando sobrantes o recortes, y para reproducir piezas de repuesto que ya no se comercializan contribuyendo a la reparación y a la lucha contra la obsolescencia.
  • Incremento del nivel de protección medioambiental de los beneficiarios:
    • Inversiones que reduzcan mermas y residuos pre-consumo y/o que supongan una mejora en el tratamiento de los residuos generados por la propia beneficiaria.
    • Inversiones que reduzcan el consumo de materia prima virgen mediante el uso de subproductos o de materiales procedentes de residuos.
    • Inversiones que reduzcan el consumo de materia prima virgen mediante el incremento en la eficiencia de materiales sin comprometer su durabilidad y reciclabilidad. Queda incluida la optimización de los sistemas de envase y embalaje mediante la reutilización. Queda excluida la eficiencia energética e hídrica.
    • Sustitución de materias primas por otras con un menor impacto ambiental basado en el análisis del ciclo de vida. En el caso de materias primas destinadas a uso alimentario, sólo podrán utilizarse las partes no comestibles o los residuos de aquéllas.
    • Desarrollo o cambio hacia modelos de negocio basados en la servitización y/o en productos de mayor calidad y durabilidad que ofrezcan garantías de reparabilidad y reciclabilidad.
    • Medidas para abordar la liberación no intencionada de microplásticos. Además de en el diseño de los productos, en los procesos de fabricación.
  • Mejora de la gestión de residuos procedentes de terceros:
    • Inversiones que mejoren la clasificación de los residuos plásticos por polímeros.
    • Inversiones que impulsen la preparación para la reutilización.
    • Desarrollo de sistemas e infraestructuras de tratamiento de residuos plásticos que permita incrementar y optimizar la obtención de material reciclado de alta calidad, generando nuevas materias primas que se usen en nuevos productos (se excluye el uso para combustibles).

Minimis: No

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