-PERTE ECONOMÍA CIRCULAR-
Objetivo de la convocatoria
Apoyar proyectos que contribuyan de forma sustancial a mejorar la sostenibilidad y circularidad de los procesos industriales y empresariales del sector del textil y de la moda, mejorando la competitividad e innovación del tejido industrial en el marco de una economía circular.
Beneficiarios
- Las personas jurídicas de derecho privado con personalidad jurídica propia. No podrán acogerse a las ayudas, las entidades sin ánimo de lucro a excepción de las entidades de economía social.
- Las entidades de economía social. Estas entidades no podrán formar parte del sector público y deberán estar incorporadas en el registro correspondiente que les resulte aplicable según su forma jurídica y su ámbito de actividad económica, ya sea estatal o autonómico.
- Las agrupaciones de las anteriores siempre que estén participadas por, al menos, una PYME, start-up o entidad de economía social, sin necesidad de que dichas agrupaciones dispongan de personalidad jurídica propia diferente de las entidades que las compongan. Las personas jurídicas integrantes de la agrupación tendrán igualmente la consideración de beneficiarias.
- Las actividades deberán desarrollarse dentro del ámbito territorial del Estado.
Fin de plazo de solicitud: 10/06/2024
Descripción de la financiación
El importe mínimo de las ayudas concedidas por proyecto y entidad será de 100.000 € y el máximo de 10.000.000 €.
En el caso de los estudios de viabilidad y en los proyectos de digitalización la ayuda máxima por proyecto será de 5.000.000 €.
Ninguna de las entidades beneficiarias podrá recibir más de 10.000.000 € por convocatoria, independientemente del número de proyectos que ejecute en cada una de ellas.
Para los proyectos presentados por una agrupación el importe mínimo a recibir por cada una de las entidades que la forman deberá ser, como mínimo, de 100.000 € de ayuda.
Categorías de ayudas, Dotaciones e intensidad por entidad beneficiaria.
- Para la ejecución de actuaciones de investigación y desarrollo. Dotación: 12.500.000 euros.
- Intensidad: 50% de los costes subvencionables para la investigación industrial
- Intensidad: 25% de los costes subvencionables, para el desarrollo experimental.
- Intensidad: 50% de los costes subvencionables, para los estudios de viabilidad.
b. Para los proyectos de digitalización para innovar en materia de procesos y organización. Dotación 12.500.000 €:
- Intensidad: 50% de los costes subvencionables en el caso de microempresas y pequeñas y medianas empresas
- Intensidad: 15% de los costes subvencionables, para Grandes Empresas.
c. Para los proyectos para el incremento del nivel de protección medioambiental de la entidad beneficiaria receptora de la ayuda. Dotación: 30.000.000 €.
- Intensidad: 60% de los costes subvencionables en el caso de microempresas y pequeñas empresas
- Intensidad: 50% de los costes subvencionables, para Medianas Empresas.
- Intensidad: 40% de los costes subvencionables en el caso de empresas no PYME.
Se podrá solicitar un anticipo de hasta un 80% de la subvención concedida
Actuaciones Subvencionables
Serán subvencionables las actuaciones, que reduzcan el consumo de materias primas vírgenes, reduzcan la generación de residuos y/o mejoren la gestión de residuos en alguna de las siguientes categorías y subcategorías:
1º. Ecodiseño de productos y procesos para el desarrollo de nuevos materiales con bajo impacto ambiental por proceder de materias primas secundarias, por mejorar la reciclabilidad o por tener una mayor eficiencia en el uso de materia prima sin comprometer su durabilidad y reciclabilidad; alargar su vida útil y mejorar su reparabilidad y reciclabilidad; abordar la liberación no intencionada de microplásticos de los productos textiles en todo su ciclo de vida; sustituir productos químicos por enzimas y/o sustituir sustancias peligrosas y sustancias extremadamente preocupantes.
2º. Mejora de la gestión de residuos textiles.
3º. La trazabilidad de productos, sustancias, materiales y residuos para la medición, el control y seguimiento con la finalidad de alcanzar productos seguros e incrementar el volumen de reciclaje de alta calidad que incluya información sobre la tipología y características de los materiales, sustancias peligrosas y extremadamente peligrosas.
4º. Nuevos modelos de negocio basados en la digitalización como instrumento para procesos de servitización. Se entiende por servitización, los procesos que hacen referencia al modelo de negocio en el que los consumidores pagan por un servicio para cubrir una necesidad específica, en lugar de tener la propiedad del producto.
5º. Servicios de retorno de productos usados para reutilizarlos, remanufacturarlos o reciclarlos.
6º. Inversiones que reduzcan la generación de mermas y residuos pre-consumo y/o que supongan una mejora respecto a la situación actual en el tratamiento de los residuos generados por la propia entidad beneficiaria.
7º. Inversiones que reduzcan el consumo de materia prima virgen mediante el uso de subproductos o de materiales procedentes de residuos.
8º. Inversiones que reduzcan el consumo de materia prima virgen mediante el incremento en la eficiencia del uso de materiales sin comprometer su durabilidad y reciclabilidad. Queda excluida la eficiencia energética e hídrica.
9º. Sustitución de fibras y materiales por otros con un menor impacto ambiental demostrado basado en el análisis del ciclo de vida.
10º. Medidas para abordar la liberación no intencionada de microplásticos de los productos textiles en todo su ciclo de vida.
11º. Sustitución de sustancias peligrosas y de sustancias extremadamente preocupantes en materiales y productos.
12º. Sustitución de productos químicos por enzimas.
13º. Incorporación de los criterios ecológicos establecidos en la Decisión de la Comisión, de 5 de junio de 2014, por la que se establecen criterios ecológicos para la concesión de la etiqueta ecológica de la UE a los productos textiles (DOUE L 174/45, de 13 de junio de 2014).
14º. Inversiones en sistemas e infraestructuras que mejoren la clasificación del residuo textil.
15º. Inversiones en sistemas e infraestructuras que impulsen la preparación para la reutilización.
16º. Desarrollo de sistemas e infraestructuras de tratamiento de residuos que permita incrementar y optimizar la obtención de material reciclado de alta calidad, generando nuevas materias primas que se usen en nuevos productos (se excluye el uso para combustibles).
Sujeta al Régimen de Minimis: Sí.

