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DIGITUR ANDALUCÍA

La Junta de Andalucía ha aprobado subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva dirigidas a la digitalización de microempresas, pequeñas y medianas empresas, y autónomos dedicados al Turismo en la comunidad autónoma -Digitur- para contribuir a su competitividad, crecimiento e innovación.

Cuantía: La ayuda permite subvencionar el 100% de los costes elegibles, hasta alcanzar un importe máximo de 60.000 euros.

Objeto:  ampliar el uso de las nuevas tecnologías entre los negocios de este sector, potenciando soluciones que incrementen significativamente las ventajas en la gestión interna de procesos de trabajo, la comercialización electrónica y el posicionamiento web, así como mejorar el atractivo de sus productos y servicios.

Gastos Subvencionables:

  • Implantación de soluciones digitales en los ámbitos de actividad empresarial relacionados con los procesos de gestión empresarial (motores de búsqueda; automatización de procesos y flujos de trabajo; etc.), el posicionamiento en internet y la gestión de redes sociales, el comercio electrónico y la seguridad de las comunicaciones.
  • Implementación de productos turísticos apoyados en tecnologías habilitadoras digitales (THD). Por ejemplo, la utilización de la realidad aumentada o virtual para la interpretación de los recursos culturales y naturales, aplicaciones personalizadas, la ludificación de la experiencia turística, la geolocalización, etc.
  • Acompañamiento a la pyme en el proceso de transformación digital, entendiendo por éste la prestación de servicios enfocados en mejorar sus competencias digitales y la colaboración en la creación de estrategias que permitan su incorporación a la Economía Digital.

Estas actividades tendrán que suponer una mejora tecnológica que aporte valor añadido a la actividad, teniendo siempre como objetivo el crecimiento, la competitividad y la internacionalización de la empresa.

Beneficiarios:

Microempresas, pymes, y empresas de trabajo autónomo turísticas -es decir, los negocios que ocupan menos de 250 empleados y que tienen un volumen de facturación inferior a 50 millones-, las sociedades civiles con personalidad jurídica y las comunidades de bienes que cumplan los siguientes requisitos:

  • Cumplir los requerimientos para ser consideradas pymes durante los dos ejercicios contables inmediatamente anteriores.
  • Tener establecimiento en funcionamiento, o domicilio social en el supuesto de empresas que se dediquen a la contratación a distancia de servicios turísticos por medios electrónicos, en alguno de los municipios del territorio andaluz.
  • Desarrollar la actividad subvencionada en territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
  • Estar inscritas o anotadas en el Registro de Turismo de Andalucía y desarrollar alguna de estas actividades:
    • Los establecimientos de alojamiento turístico.
    • La intermediación de servicios turísticos.
    • Los servicios de información turística y los servicios de información prestados por guías de turismo.
    • La organización de actividades de turismo activo.
    • Las actividades dirigidas a la organización de congresos, convenciones y otro tipo de eventos vinculados a esta actividad empresarial.
    • Las actividades deportivas desarrolladas en estaciones de esquí, campos de golf, puertos deportivos y campos de polo.
    • Balnearios y spas.
    • Parques temáticos, acuáticos, zoológicos y botánicos.
    • Actividades dirigidas a prestar servicios de recepción a las personas usuarias turísticas.
    • Actividades relacionadas con el conocimiento de la lengua castellana por personas extranjeras, así como las que estén relacionadas con el flamenco en Andalucía.
    • Los autobuses con recorridos panorámicos, coches de caballos y alquiler de bicicletas.
  • Cumplir las condiciones para acogerse al régimen de minimis.

Para asesoramiento y gestión, no dudes en contactar con nosotros,

 

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