- LINEA DIRECTA EXPANSIÓN (LIC A)
Minimis: Sí.
Modalidad de ayuda: Préstamo + Subvención a fondo perdido.
Presupuesto mínimo: 175.000 €
Cuantía: Hasta el 85% del presupuesto financiable.
Proyectos Subvencionables:
-
Incorporación y adaptación activa de tecnologías emergentes en la empresa, así como los procesos de adaptación y mejora de tecnologías a nuevos mercados.
• Aplicación del diseño industrial e ingeniería de producto y proceso para la mejora tecnológica de los mismos.
• Aplicación de un método de producción o suministro nuevo o significativamente mejorado, incluidos cambios significativos en cuanto a técnicas, equipos y/o programas informáticos.
Beneficiarios.
Empresas que estén válidamente constituidas, tengan personalidad jurídica propia y domicilio fiscal en España, y desarrollen el proyecto de innovación en España.
Inversiones y gastos elegibles y no elegibles. (La formalización de las inversiones y gastos deberán ser posteriores a la fecha de presentación de la solicitud de ayuda)
-
La adquisición de activos fijos nuevos que suponga un salto tecnológico importante para la empresa que realiza el proyecto.
• Costes de personal.
• Materiales y consumibles.
• Contratación de servicios externos y subcontrataciones.
• Gastos generales.
- Costes de auditoría del proyecto, con un límite máximo de 2.000 €.
- Costes de la validación del cumplimiento del principio DNSH de entidad acreditada por ENAC, y de cualquier otro informe relativo al cumplimiento de este principio que se pueda requerir en fases posteriores del proyecto, con un límite de 2.000 €.
- LINEA DIRECTA INNOVACIÓN
Minimis: no.
Modalidad de ayuda: Préstamo + Subvención a fondo perdido.
Presupuesto mínimo: 175.000 €
Cuantía: Hasta el 85% del presupuesto financiable.
Proyectos Subvencionables:
- Ayudas a la inversión inicial, entendiendo como tal la inversión en activos materiales e inmateriales relacionada con:
o La creación de un nuevo establecimiento,
o La ampliación de la capacidad de un establecimiento existente,
o La diversificación de la producción de un establecimiento en productos que anteriormente no se producían en el mismo, o
o Una transformación fundamental del proceso global de producción de un establecimiento existente.
- Ayudas a la inversión inicial en favor de una nueva actividad económica, entendiendo como tal la inversión en activos materiales e inmateriales relacionada con:
o La creación de un nuevo establecimiento, o
o La diversificación de la actividad de un establecimiento, siempre y cuando la nueva actividad no sea una actividad idéntica o similar a la realizada anteriormente en el establecimiento.
Beneficiarios.
Empresas que estén válidamente constituidas, tengan personalidad jurídica propia y domicilio fiscal en España, y desarrollen el proyecto de innovación en España.
Inversiones y gastos elegibles y no elegibles. (La formalización de las inversiones y gastos deberán ser posteriores a la fecha de presentación de la solicitud de ayuda)
- La adquisición de activos fijos nuevos que supongan una innovación tecnológica y mejora de capacidades productivas en la empresa (grupo) que realiza el proyecto.

