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FINANCIACIÓN PÚBLICA CDTI – LÍNEA DIRECTA DE EXPANSIÓN (LIC A) y LÍNEA DIRECTA DE INNOVACIÓN

tecnologia

 

 

  1. LINEA DIRECTA EXPANSIÓN (LIC A)

 

Minimis: Sí.

Modalidad de ayuda: Préstamo + Subvención a fondo perdido.

Presupuesto mínimo: 175.000 €

Cuantía: Hasta el 85% del presupuesto financiable.

 

Proyectos Subvencionables­:

  • Incorporación y adaptación activa de tecnologías emergentes en la empresa, así como los procesos de adaptación y mejora de tecnologías a nuevos mercados.
    • Aplicación del diseño industrial e ingeniería de producto y proceso para la mejora tecnológica de los mismos.
    • Aplicación de un método de producción o suministro nuevo o significativamente mejorado, incluidos cambios significativos en cuanto a técnicas, equipos y/o programas informáticos.

 

Beneficiarios.


Empresas que estén válidamente constituidas, tengan personalidad jurídica propia y domicilio fiscal en España, y desarrollen el proyecto de innovación en España.

 

Inversiones y gastos elegibles y no elegibles. (La formalización de las inversiones y gastos deberán ser posteriores a la fecha de presentación de la solicitud de ayuda)

  • La adquisición de activos fijos nuevos que suponga un salto tecnológico importante para la empresa que realiza el proyecto.
    • Costes de personal.
    • Materiales y consumibles.
    • Contratación de servicios externos y subcontrataciones.
    • Gastos generales.
  • Costes de auditoría del proyecto, con un límite máximo de 2.000 €.
  • Costes de la validación del cumplimiento del principio DNSH de entidad acreditada por ENAC, y de cualquier otro informe relativo al cumplimiento de este principio que se pueda requerir en fases posteriores del proyecto, con un límite de 2.000 €.

 

  1. LINEA DIRECTA INNOVACIÓN

 

Minimis: no.

Modalidad de ayuda: Préstamo + Subvención a fondo perdido.

Presupuesto mínimo: 175.000 €

Cuantía: Hasta el 85% del presupuesto financiable.

 

Proyectos Subvencionables­:

  • Ayudas a la inversión inicial, entendiendo como tal la inversión en activos materiales e inmateriales relacionada con:

 

o La creación de un nuevo establecimiento,

o La ampliación de la capacidad de un establecimiento existente,

o La diversificación de la producción de un establecimiento en productos que anteriormente no se producían en el mismo, o

o Una transformación fundamental del proceso global de producción de un establecimiento existente.

 

  • Ayudas a la inversión inicial en favor de una nueva actividad económica, entendiendo como tal la inversión en activos materiales e inmateriales relacionada con:

o La creación de un nuevo establecimiento, o
o La diversificación de la actividad de un establecimiento, siempre y cuando la nueva actividad no sea una actividad idéntica o similar a la realizada anteriormente en el establecimiento.

 

Beneficiarios.


Empresas que estén válidamente constituidas, tengan personalidad jurídica propia y domicilio fiscal en España, y desarrollen el proyecto de innovación en España.

 

Inversiones y gastos elegibles y no elegibles. (La formalización de las inversiones y gastos deberán ser posteriores a la fecha de presentación de la solicitud de ayuda)

  • La adquisición de activos fijos nuevos que supongan una innovación tecnológica y mejora de capacidades productivas en la empresa (grupo) que realiza el proyecto.