
OBJETO
El objeto de esta convocatoria es establecer el régimen para la concesión de ayudas destinadas a fomentar la creación de empleo a través de la contratación de personas de entre 45 y 60 años que se encuentren desempleadas.
PLAZO: hasta el 31 de diciembre de 2022
CUANTÍA: El importe de las ayudas por cada joven contratado asciende a 5.000 €
BENEFICIARIOS
Empresas y personas inscritas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la demarcación territorial de la Cámara de Comercio de Sevilla, que se encuentren dadas de alta en el Censo del IAE.
REQUISITOS
Ø El centro de trabajo del beneficiario/a de la subvención debe estar ubicado en la demarcación de la Cámara de Comercio de Sevilla.
Ø El contrato deberá encontrarse en vigor en el momento de presentación de la solicitud.
Asimismo, no deben haber transcurrido seis meses entre la entrada en vigor del contrato y la fecha de presentación de la solicitud.
Ø La contratación deberá formalizarse con personas con una edad entre 45 y 60 años que en el día anterior a la de entrada en vigor del contrato se encuentren desempleadas o inactivas y que al menos hayan finalizado la fase de orientación2 del Programa 45+ en cualquiera de las Cámaras de Comercio que llevan a cabo dicho Programa.
Ø La tipología de contratos subvencionables en el marco de la presente convocatoria son los siguientes:
· Contratos indefinidos.
· Contratos temporales por seis meses vinculados a circunstancias de la producción.
OBLIGACIONES
Ø Mantener el nivel de empleo existente en la empresa beneficiaria. A tal efecto, se entiende que cumple con la obligación de mantenimiento del empleo cuando el número de trabajadores de la empresa en el momento de la finalización del respectivo periodo subvencionado (seis meses desde la entrada en vigor del contrato), sea superior al número de trabajadores existentes en los treinta días anteriores a la entrada en vigor del contrato.
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