Objetivo:
Creación y mejora significativa de un proceso productivo, producto o servicio presentados por una única empresa o por una agrupación empresarial. Dichos proyectos pueden comprender tanto actividades de investigación industrial como de desarrollo experimental.
Categorías:
- Proyectos I+D individuales: proyectos nacionales presentados por una única empresa.
- Proyectos I+D en cooperación: proyectos nacionales presentados por un consorcio de un mínimo de 2 y un máximo de 6 empresas, al menos dos de ellas autónomas.
- Proyectos de I+D de Cooperación Tecnológica Europea.
- Proyectos en Cooperación Tecnológica Internacional.
- Proyectos de I+D de Capacitación Tecnológica Internacional.
- Proyectos de I+D de Tecnologías Duales
Beneficiarios:
- Empresas individuales o consorcios empresariales que desarrollen un proyecto de I+D en España.
- Proyectos en colaboración de los consorcios integrados por empresas que deberán formalizarse a través de acuerdo privado de colaboración.
Fin de plazo de solicitud:
31/12/2030
Descripción de la financiación
Las condiciones de los préstamos son:
- Importe mínimo financiable: 175.000 euros.
- Tipo de interés fijo: Euribor 1 año
- Préstamo de hasta el 85% del presupuesto presentado
- Devolución: 10 o 15 años incluyendo una carencia entre 2 y 3 años
- Existen anticipos del 50% de la ayuda con el límite de 300.000 euros, sin exigencias de garantías adicionales.
La empresa deberá financiar al menos el 15% del presupuesto del proyecto con recursos propios.
Tramo no reembolsable entre el 20% y el 33% en función del tamaño de la empresa y tipo de proyecto. Este debe tener una duración de entre 12 y 36 meses si son individuales. De 48 si pertenece a cualquiera de las otras categorías.
Pyme:
- Proyectos de I+D con fondos FEDER: Hasta el 30%
- Proyectos de I+D en cooperación tecnológica: Hasta el 33%
- Proyectos de I+D no incluidos en las categorías anteriores: Hasta el 30%
Gran Empresa:
- Proyectos de I+D con fondos FEDER: Hasta el 30%
- Proyectos de I+D en cooperación tecnológica: Hasta el 33%
- Proyectos de I+D no incluidos en las categorías anteriores: Hasta el 20%
¿Qué financia esta ayuda?
Todos los gastos apoyados se han de destinar en exclusiva o derivar directamente de la actividad de I+D apoyada.
Serán elegibles los siguientes gastos:
- Gastos de personal (investigadores, técnicos y demás personal auxiliar, en la medida en que estén dedicados al proyecto de investigación).
- Costes de instrumental y material.
- Costes de investigación contractual, conocimientos y patentes adquiridas u obtenidas por licencia de fuentes externas a precios de mercado.
- Costes de consultoría y servicios equivalentes destinados de manera exclusiva al proyecto (excluidos los costes de consultoría asociados a la solicitud del proyecto).
- Gastos generales suplementarios directamente derivados del proyecto de investigación.
- Otros gastos de explotación, incluidos costes de material, suministros y productos similares.
- Gasto derivado del informe realizado por el auditor.
- Gasto derivado de la obtención de un informe de valoración del cumplimiento del principio de no causar un perjuicio significativo al medioambiente (DNSH).
Minimis: No
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